El Servicio de impuestos Internos emitió el pasado 2 de julio una instrucción que hace obligatorio el uso de las Boletas Electrónicas, tanto afectas como Exentas. Además el SII instruye una serie de cambios y modificaciones en este documento tributario:
- Se elimina la obligación de estar inscrito en factura electrónica para la inscripción y emisión de boletas electrónicas.
- Se elimina la obligación de llevar y mantener libro de boletas electrónicas.
- Se simplifica la representación impresa y digital del documento.
- Una vez generada cada boleta electrónica deberá enviarse electrónicamente al SII de manera inmediata.
- El monto de IVA se debe informar separadamente en las boletas electrónicas, especificándose el monto correspondiente al IVA y el monto total.
- El SII podrá autorizar sistemas de emisión que cumplan con ciertos requisitos.
- La representación virtual será la regla general y podrá ser entregada en medios tecnológicos, dejando opcional la entrega del documento impreso.
- Se mantiene el envío de resumen de ventas diarias y se extiende la obligación para todas las empresas que emitan estos documentos.
Conoce nuestro Punto de Ventas con Boleta y Factura Electrónica. Un software simple ágil y amigable que cumple con toda la normativa. Ver Aliu Sale POS